SAD DIFUNDE COMUNICADOS SOBRE LA VUELTA A LA PRESENCIALIDAD-APD-DDJJ -VACUNACION
- Los Actos Públicos se realizarán conforme a lo estipulado en la RESOC-2020-1380-GDEBA-DGCYE y su modificatoria, RESOC-2020-1508-GDEBA-DGCYE de la Dirección General de Cultura y Educación(DGCyE) utilizando los listados vigentes.Si un agente designado no completó el plazo de inmunización de 21 días para el desempeño de horas/módulos/cargo provisional y/o suplente y es alcanzado por lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución 90/20 del Ministerio Jefatura de Gabinete de Ministros, podrá realizar reserva del cargo hasta cumplir el plazo y, el establecimiento educativo podrá solicitar una nueva cobertura, en condición de suplencia, hasta la toma de posesión efectiva del designado.
- Todos los/las docentes que se postulen para la cobertura de horas/módulos/cargo en Acto Público, deberán presentar la Declaración Jurada de Vacunación que fue aprobada por la normativa. Es importante destacar que dicha declaración jurada expresa que: "Para la reserva del cargo, cuando corresponda, el equipo directivo del establecimiento educativo deberá recibir copia de esta declaración jurada y deberá verificar los datos declarados solicitando imagen de la pantalla de la aplicación VACUNATE para constatar los datos y solicitar nuevamente la cobertura o autorizar la prolongación de servicios.". Por lo tanto, deberá ser cumplimentada por el/la docente al momento de la postulación y remitida al equipo directivo conjuntamente con la designación para que se realicen las acciones pertinentes. En caso de una nueva solicitud de cobertura, en la publicación del Ingreso a la Gestión Educativa (IGE), se deberá especificar, en observaciones, que se trata de una reserva de vacante con finalización, cumplimentado el esquema de vacunación y transcurridos los 21 días de inmunidad.
- Las docentes aspirantes a cargos de base y/o asignación de funciones jerárquicas transitorias, que se encuentren cursando embarazo o post-parto dentro del período de licencia prevista en el inciso d) del artículo 114 del Decreto N° 688/93 y sus modificatorias, podrán realizar reserva de cargo según corresponda a la normativa vigente.
- Tener en cuenta que la RESOC-2020-1380-GDEBA-DGCYE expresa que: "Respecto de las vacantes que actualmente se encuentran solicitadas a las Secretarías de Asuntos Docentes, se solicitará por vía correo electrónico ABC, que el directivo del establecimiento educativo confirme el requerimiento de cobertura". Solicitar, entonces, la ratificación de la necesidad de cobertura de horas/módulos/cargos, en especial las generadas producto de dispensas, de este modo se evitan inconvenientes en las designaciones y en su defecto con los/las docentes. Cuando se trate de solicitudes por reserva de vacante se deberá especificar esa situación para que pueda ser publicada con la observación.
DD JJ DE VACUNACION
COMUNICADO
RESOLUCION 2516/21