domingo, 13 de mayo de 2018

Consideraciones sobre PAD

SAD informa:
PUNTAJE ANUAL DOCENTE
Ante las reiteradas consultas se recuerda a los docentes Titulares que reclamarán PAD 2018 que en la planilla se debe completar: APELLIDO NOMBRES- DNI- ESTABLECIMIENTO DE DONDE RECLAMA PAD- CARGO y/o CANTIDAD DE MÓDULOS Y ASIGNATURA QUE RECLAMA y señalar con una X el Item que desea reclamar .
Documentación a presentar de acuerdo al ítem reclamado:
a.Título Habilitante y Títulos o cursos Bonificantes: presentar copias solo si NO  figuran en abc (ingreso a docencia), si son los mismos aclararlo con la leyenda “CONSTAN EN I. A LA DOCENCIA) con un asterisco, se recuerda que solo se consideran los cursos /tít registrados hasta el 30-9-2017
b. Cargo JerárquicoSe deberá acreditar el desempeño en cargo jerárquico mediante copias autenticadas de las disposiciones pertinentes, (inicio y limitación).Sólo se asigna valor por desempeño en ciclo lectivo completo de cargo jerárquico (De cualquier fecha de marzo a cualquier fecha de diciembre)Para el PAD 2018 se considera el desempeño jerárquico hasta el 31-12-2017.Se valora el desempeño en la Dirección de Enseñanza respectiva y hasta un máximo de 10 años.
c. Antigüedad y Calificación
Se deben declarar los servicios suplentes y/o provisionales desempeñados en establecimientos de Gestión Estatal de la Provincia de Buenos Aires, se acreditan mediante la presentación del Formulario 354 (disponible en www.abc.gov.ar link Puntaje Anual Docente, del SERVADO) en el cual conste el desempeño docente año por año e institución educativa, avalado por autoridad competente, en el mismo formulario consta la calificación. El desempeño docente de la DIPREGEP se debe acreditar mediante formulario CEC 15, homologado por la DIPREGEP (Fotocopia autenticada)
En la antigüedad para puntaje sólo se considera desempeño docente en el mismo cargo, por lo tanto, los servicios que conforman la antigüedad para puntaje de un cargo, NO pueden ser utilizados en la composición de la antigüedad para el puntaje de un SEGUNDO CARGO.
IMPORTANTE:
La Antigüedad para puntaje no es la misma que la antigüedad que se percibe como bonificación salarial (en el COULI).

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.